Debido al aumento de la demanda de alquiler de pisos y al elevado precio de los alquileres están aumentando también los casos de impago del alquiler para lo que surgen nuevos productos en el sector asegurador como los seguros de impago del alquiler de los que os vamos a hablar en este artículo.

Como podemos leer, ver y escuchar últimamente en los medios, el alquiler de pisos ha aumentado exponencialmente en España durante los últimos años. Desde 2013 el alquiler de vivienda ha crecido en España casi un 19% y en las grandes ciudades como Madrid y Barcelona ha llegado a subir entre un 38 y un 48 por ciento.

Además, los precios de los alquileres también se han disparado. Según algunos estudios el precio de alquiler de los pisos ha aumentado hasta doce veces más de lo que lo han hecho los salarios. Esto hace que se empiece a hablar de una posible burbuja en el mercado del alquiler de vivienda.

Estos dos factores, el aumento del número de alquileres y del precio de los mismos, hacen que cada vez sean más frecuentes los impagos del alquiler por parte de los inquilinos. Casi el 60% de los desahucios se llevan a cabo debido a que el inquilino deja de pagar el alquiler. Pero estos desalojos no son un proceso fácil y mucho menos rápido para los dueños de las viviendas. De media, desde que el inquilino deja de pagar hasta que se hace efectivo el deshaucio, pasa casi un año. Ante esto, los propietarios tienen miedo a alquilar y luego que haya impagos o actos vandálicos en la vivienda.

Para proteger a los arrendatarios han surgido productos como el seguro de impago del alquiler. Según los datos que maneja el Observatorio Español del Seguro del Alquiler (OESA), la contratación de este tipo de seguros creció en torno a un 40% el año pasado.
Desde el OESA también advierten que han aumentado los seguros de impago del alquiler no regulados y que pueden ser fraudulentos. Por eso es importante que el propietario de la vivienda se asegure de que contrata su seguro con una compañía o correduría de seguros autorizada por la Dirección General de Seguros.

¿Qué te ofrece un seguro de impago de alquiler?

El objetivo es proteger los intereses de los propietarios ante situaciones que se producen con motivo del alquiler de la vivienda. Por ejemplo, que se dejen de pagar rentas de alquiler, se produzcan daños en el inmueble o se incumplan los contratos de arrendamiento de servicios y suministros contratados.

¿Quiénes son los asegurados en los seguros para alquileres?

Los asegurados en un seguro de impago de alquiler son las personas designadas en la póliza, normalmente el arrendador o arrendadores propietarios de la vivienda y el inmueble que se alquila.

¿Qué coberturas tiene el seguro de alquiler?

– Garantiza la protección de los derechos del asegurado como propietario del inmueble designado en la póliza.

– Cobertura de defensa jurídica

– Prestaciones por pérdidas económicas.

De media, desde que el inquilino deja de pagar hasta que se hace efectivo el desahucio, pasa casi un año. Por eso, la contratación de este tipo de seguros ha aumentado un 40% en el último año.

Seguros Martínez y Cutillas

Gastos de cerrajero necesario para proceder a la apertura del inmueble asegurado en el momento de procederse al desahucio y lanzamiento del arrendatario. El lanzamiento es la acción del desalojo forzoso del inquilino de la vivienda o del local por el que se recupera la posesión del bien inmueble.

Todos los gastos relacionados con el proceso judicial de desahucio: honorarios de abogados y derechos de procuradores, gastos de peritajes y costas judiciales.

– Otros gastos: coste de atestados judiciales, certificados, fianzas penales, gastos de procedimiento de mediación de conflictos , etc.

¿Qué requisitos debe cumplir el inquilino en un seguro de impago del alquiler?

– La renta anual del alquiler no podrá superar el 40% de sus ingresos.

– Si el arrendatario no dispone de un contraro laboral indefinido o duración superior a un año tendrá la obligación de presentar certificado de vida laboral.

– El inquilino debe estar libre de incidencias de impagos anteriores al contrato actual.

– En caso de ser el arrendatario trabajador autónomo, pensionista o estudiante necesitará previa consulta.

– En el caso de que el inquilino presente avalistas, éstos deben cumplir los mismos requisitos que los inquilinos.

¿Qué esta excluido en el seguro de impago de alquiler?

Las garantías de defensa por huelgas, conflictos colectivos de trabajo, procedimiento concursales, conflictos que no estén relacionados con el cumplimiento del contrato de arrendamiento, transformación de la vivienda, conflicto con la administración de propiedad, activos, acciones  y negocios especulativos y los derivados de la propiedad intelectual o industrial y en materia de urbanismo.

Respecto a las garantías de prestaciones por pérdida económicas: pago de cantidades que no tenga la consideración de renta (suministro, obras, tasas, servicios), rentas impagadas de arrendamiento no sujeto a la ley de arrendamientos (de temporada, turísticos, rústicos), rentas impagadas de garajes o trasteros salvo que formen parte del inmueble asegurado y rentas que pudieran cobrarse con la ejecución de fianzas, avales o cualquier otra garantía.

Si dispones de una vivienda en alquiler, desde Seguros MyC, te proporcionamos seguridad con el Seguro de Impago de Alquileres DAS para propietarios que alquilan su vivienda y disfrutan de los pequeños grandes momentos.

Con el seguro DAS Impago de Alquiler todo son ventajas.

Si tu inquilino te deja de pagar recibirás una indemnización económica. También tendrás a tu disposición un equipo de abogados para resolver los problemas que puedan surgirte durante el alquiler de tu vivienda.

Además, tendrás todas estas ventajas añadidas:
• ¿Alguna duda sobre tus obligaciones y derechos como casero? Puedes llamarnos todas las veces que necesites para resolver tus dudas en el alquiler de tu piso.

• ¿Problemas con los vecinos o la comunidad de vecinos? Reclamamos por ti y te defendemos mediante nuestro equipo de abogados ante cualquier conflicto con tu comunidad de propietarios o tus vecinos.

Te indemnizaremos en caso de que tu vivienda o su contenido hayan sufrido daños por parte del inquilino. También te reembolsamos los gastos que te suponga la limpieza del inmueble.

• Te defendemos en el caso de que recibas alguna denuncia por parte del inquilino o de cualquier vecino.

• En el caso de que la vivienda quede inhabitable, por ejemplo por un incendio, y te veas obligado a rescindir el contrato de alquiler, te indemnizamos por las mensualidades que dejes de cobrar.

Como ves, si eres propietario de una vivienda y la tienes en alquiler o si estás pensando alquilar tu piso, es muy interesante que valores la opción de contratar un seguro que te cubra el impago y los daños que pueda sufrir tu inmueble durante el alquiler. Seguro que te ahorras más de un quebradero de cabeza.

Si quieres que te ampliemos la información sobre esta u otras opciones de seguros para alquileres, puedes ponerte en contacto con nosotros rellenando el siguiente formulario.

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