Si compraste un vehículo entre de 2006 y el año 2013, este post te interesa, te contamos las claves para reclamar con éxito una indemnización por haberse sido uno de los afectados por el Cártel de Coches, y te preguntarás ¿Esto en qué consiste y porque me afecta?

El cártel de coches, consiste en el acuerdo que fue alcanzado por las diferentes marcar de automóviles cuyo objeto era cambiar información que afecto al precio de dichos vehículos en el mercado. Tras las investigaciones efectuadas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, han determinado las negativas consecuencias derivadas de la agrupación. Reclama con éxito.

¿Qué ha provocado la posibilidad de reclamación? 

Todo ello se deriva de la Sentencia de la Sala de Competencia del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) que dictó una Resolución sobre el expediente S/0482/13 de Fabricantes de automóviles, relativo al cártel de coches operativo en territorio nacional español de 2006 a 2013.

Esta sentencia pone de manifiesto que una situación que se encontraba oculta, denominada cártel de coches. Esta situación se formó por los principales marcas de automóviles durante 7 años, que como ya hemos manifestado consistía en intercambios estratégicos y con fines comerciales de información de carácter sensible para beneficiarse de manera mutua todos los fabricantes participes adquiriendo un control absoluto del 91% de la cuota del mercado automovilístico, llevando a cabo prácticas abusivas y restrictivas provocando una situación monopolística sobre la fijación de precios de mercado.

Por consiguiente, el carácter oportunista e ilegal declarado de esta situación, ha sido la que ha provocado que miles de consumidores perjudicados hagan valer sus derechos frente a la marca automovilística. Reclama con éxito.

¿Cómo puedo reclamar? 

Lo primero que tienes que ver para saber si puedes reclamar, es comprobar si cumples con los diferentes factores:
– La marca y modelo del vehículo, se encuentre dentro de las marcas que adoptaron el acuerdo.
– La fecha de compra, se encuentre entre febrero de 2006 y agosto de 2013.
Para ello, será preciso que cuentes con la siguiente documentación, para acreditar la transacción comercial:
– Justificante de compra: factura, movimiento de banco de pago o contrato de préstamo bancario, leasing.
– Permiso de circulación.
– Ficha técnica.

Este apartado es lo más importante, ya que se adquiera un producto o un servicio de posventa durante este lapso de tiempo, sin pruebas, en este caso sin la documentación, que demuestren la existencia de la transacción será imposible tramitar una reclamación de daños y perjuicios.

Una vez tengamos la documentación, sobre todo la factura o documento que acredite el pago, podemos calcular la indemnización que te correspondería, esta será entre un 10% y un 15% del valor de compra más intereses, que será la cantidad que solicitará en la reclamación. Recuerda que te vendieron un vehículo más caro del que deberías haber pagado, y eso es lo que se reclama, el sobrecoste.

Otro de los factores a tener en cuenta para efectuar la reclamación, es si la empresa o concesionario al que compramos el vehículo, se encuentra en el listado de entidades sancionadas por la CNMC. A continuación, te detallamos una tabla con las diferentes marcas que formaron parte del cártel de coches.

Todo ello ha sido informado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y ratificado por el Tribunal Supremo.

 

Las marcas que componen dicho cártel de fabricantes de automóviles son:

 ALFA ROMEO
AUDI
BMW
CHEVROLET
CHRYSLER
CITROËN
DODGE
FIAT
FORD
HONDA
HYUNDAI
JEEP
KIA
LANCIA
LAND ROVER
LEXUS
MERCEDES
MINI
MITSUBISHI
NISSAN
OPEL
PEUGEOT
PORSCHE
RENAULT
GENERALMOTORS
SEAT
SAAD
SMART
SKODA
TOYOTA
VOLKSWAGEN
VOLVO.

¿Cuáles son los plazos para reclamar?

En caso, que cumplas con todos los factores indicados, el siguiente paso es saber el plazo que tenemos para reclamar, el cual, depende del concesionario al que reclamemos, pero hay que tener en cuenta el fallo de la Sentencia, ya que generalmente siguiendo las ordenanzas de la normativa española sobre reclamación, el plazo prescribe en los procedimientos contencioso-administrativos cuando transcurre un año desde la emisión de la sentencia firme. No obstante, indicamos las fechas de las prescripciones de ciertas marcas:

15 de enero de 2022: Nissan.
19 de febrero de 2022: General Motors.
5 de marzo de 2022: Honda y Toyota.
6 de mayo de 2022: Renault.
13 de mayo de 2022: Ford.
17 de mayo de 2022: Hyundai.

Una vez conocidos todos los factores, vamos a ver como, efectuamos la reclamación de la indemnización, primero se enviará una carta al concesionario solicitando el abono de la indemnización calculada, si la vía extrajudicial finalizará sin éxito.

El siguiente paso es la reclamación de responsabilidades de daños y perjuicios, mediante la vía judicial, interponiendo demanda ante Juzgado de lo Mercantil junto con la elaboración de informe pericial, durante todo el proceso que dure el procedimiento tendrá información actualizada del mismo.

En Grupo MYC, ponemos a tu disposición y la de todos nuestros clientes su equipo técnico legal, con la colaboración del Despacho SMC SERVICIOS JURÍDICOS, te prestarán asesoramiento judicial de abogados expertos así como cuenta con colaboración de Peritos para la elaboración de informe pericial, que con el acuerdo alcanzado que llevan meses trabajando en la reclamación que esperamos que haga recuperar a nuestros clientes dinero, únete a nosotros y la reclamación será todo un éxito.

 

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